La finalidad principal de estas subvenciones es hacer frente a la financiación de gastos imprevistos urgentes y obras de emergencia en que puedan incurrir las entidades locales del Territorio Histórico de Álava.

Tendrán la consideración de imprevistos aquellas obligaciones económicas que demandando su inmediato cumplimiento, no puedan ser financiadas por las citadas entidades locales por carecer del crédito adecuado en el presupuesto, siempre y cuando se ocasione un peligro real o potencial para las personas.

Estas subvenciones pretenden hacer frente a determinadas situaciones de urgencia a través de la ayuda pública, ya que teniendo en cuenta su carácter urgente, las mismas no podrían ser atendidas por las entidades locales.

Serán subvencionables las obligaciones económicas que fueran originadas por los siguientes hechos:

  • Daños producidos por fenómenos naturales.
  • Obligaciones impuestas por modificaciones normativas, asunción de competencias o resoluciones de administraciones públicas.
  • Las modificaciones de obras necesarias para la estanqueidad, estabilidad y seguridad de las mismas que no hubieran podido contemplarse inicialmente.
  • Otros hechos cuya previsión presupuestaria no hubiera sido posible por originarse por causas de difícil previsión o fuerza mayor.
  • Cualesquiera otras situaciones precisas para proteger la estabilidad de viviendas o a sus moradores.

En ningún caso serán tenidas en cuenta obligaciones en concepto intereses, ni recargos, ni sanciones administrativas o penales ni los gastos de procedimientos judiciales.

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