Abierto el plazo de solicitud para el ejercicio 2021

Ayudas destinadas a la promoción, al desarrollo y a la diversificación económica de los municipios rurales incluidos en la zona Leader aprobada en el marco del Programa de Desarrollo Rural del País Vasco 2015-2020. 

Las líneas objeto de esta ayuda son:

1. Ayudas para el apoyo al emprendimiento

2. Ayudas a las inversiones en la creación, ampliación y modernización de empresas

3. Ayudas a la contratación por cuenta ajena

4. Ayudas para las infraestructuras, servicios básicos y renovación de los pueblos Leader

5. Ayudas para la vivienda

 

Más información

 

Abierto el plazo de solicitud para el ejercicio 2021

Las ayudas destinadas a la promoción y al desarrollo de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, clasificadas G4, G5 y G6, dirigidas a entidades de carácter público (Erein Públicos). 

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas: 

a) Las entidades locales entendidas estas según lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 2/2016, de Instituciones Locales de Euskadi; es decir: 

I) El municipio. 

II) Los concejos, y cualesquiera otras entidades locales territoriales de ámbito inferior al municipio conforme a la normativa foral existente en cada territorio y lo dispuesto en la legislación básica de régimen local. 

III) Las mancomunidades de municipios. 

IV) Las cuadrillas del territorio histórico de Álava. 

V) Cualesquiera otras entidades que agrupen a varias entidades locales, bajo la denominación específica que corresponda, conforme a lo dispuesto en la Ley 2/2016 y demás normativa que sea de aplicación. 

b) El sector público institucional local perteneciente a las entidades del apartado a). 

c) Las Asociaciones de Desarrollo Rural, en aquellos casos en los que suscriban con las entidades locales acuerdos de colaboración para la puesta en marcha de proyectos en beneficio de la zona de intervención. 

Actuaciones subvencionables. 

La ayuda tiene por objeto fomentar las inversiones en la creación, mejora o ampliación de todo tipo de infraestructuras o servicios enmarcados en las siguientes actuaciones: 

a) Infraestructuras básicas relacionadas con el suministro y canalización de energía eléctrica y gas. 

b) Infraestructuras básicas para abastecimiento y saneamiento de agua (únicamente se subvencionarán nuevas infraestructuras y hasta un máximo de 300.000 euros de subvención). 

c) Infraestructuras relacionadas con las energías renovables y el ahorro energético: proyectos de generación y suministro de energías renovables y district heating. 

d) Infraestructuras de pequeña escala vinculadas al turismo. 

e) Infraestructuras relacionadas con el acondicionamiento de los núcleos de población, que tengan por objeto la recuperación de entornos habitados degradados y su adecuación urbanística: accesibilidad, ajardinamiento, alumbrado y mobiliario urbano. 

f) Proyectos para servicios básicos: centros de día y residencias para personas mayores, centros para la infancia (haurreskolas) y farmacias/botiquines. 

g) Proyectos para servicios relacionados con el ocio, la cultura y el deporte: centros culturales, bibliotecas, salas polivalentes y equipamientos deportivos y/o de ocio.

h) Proyectos para servicios relacionados con el turismo: centros de interpretación/museos y oficinas de turismo. 

i) Proyectos relacionados con la accesibilidad en equipamientos comunitarios. 

j) Proyectos relacionados con la gestión de residuos. 

k) Proyectos de habilitación de pequeños polígonos industriales y de edificios o locales para acoger iniciativas empresariales. 

Más información

 

Convocatoria de subvenciones a entidades locales para la puesta en funcionamiento y/o consolidación de un sistema de archivo propio para el ejercicio 2020, publicada en el BOPV número 133 de 8 de julio de 2020.

El plazo para presentar solicitudes finaliza el 9 de agosto de 2020.

Para cualquier aclaración no dudéis en poneros en contacto con nosotros.

 

Más información:

BOPV (PDF)

Convocatoria para la concesión de ayudas a las entidades locales del Territorio Histórico de Álava en el Programa 2021 de ejecución de obras menores

 

La Norma Foral 21/2013, de 27 de junio regula los programas de ayudas a las iniciativas para el fomento de las Relaciones Vecinales y a la Ejecución de Obras Menores de las Entidades Locales de Álava. En el Título III de la citada Norma se articulan las disposiciones relativas al Programa de Ejecución de Obras Menores así como las normas y criterios que han de regir la concesión de este tipo de ayudas. Este programa es un instrumento extraordinario de cooperación financiera de la Diputación Foral de Álava con las entidades locales del Territorio Histórico de Álava destinado a la concesión de ayudas para financiación de inversiones a realizar en las mismas, con coste inferior a 35.000,00 euros.

1. Entidades beneficiarias.

Pueden acogerse a este programa de ayudas las entidades recogidas en el artículo 16 de la Norma Foral 21/2013. No podrán tener la condición de entidades beneficiarias aquéllas que hayan sido sancionadas por las infracciones a que se refiere el Título IV de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre, así como tampoco las que incurran en los supuestos contemplados en la Ley 4/2005 de 18 de febrero, del Parlamento Vasco, para la Igualdad de hombres y mujeres y, en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de hombre y mujeres.

2. Dotación financiera.

La dotación financiera inicial viene cuantificada como la suma de las consignaciones iniciales de las partidas que figuren en el presupuesto de la Diputación Foral de Álava para 2021, destinadas específica o complementariamente a la financiación de la ejecución de obras menores/veredas. Estas cuantías podrán ser objeto de incremento en hasta un 50 por ciento de su dotación inicial.

La concesión de subvenciones queda, en todo caso, supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la partida.

3. Plazo y forma de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes se inicia el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOTHA y finaliza a las 23 horas 59 minutos del día 30 de septiembre de 2020. Con anterioridad a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes, por cada entidad local se deberá adoptar acuerdo, de conformidad con su régimen de organización y funcionamiento, sobre las obras y servicios a solicitar. La solicitud deberá presentarse obligatoriamente en la sede electrónica de la Diputación Foral de Álava https://e-s.araba.eus, lo que exige que con carácter previo los solicitantes dispongan de certificado electrónico. La información sobre las diferentes maneras de acceder a la Sede Electrónica, así como dónde dirigirse para la solicitud de un certificado electrónico emitido por una entidad certificadora se encuentra en el apartado: conoce la sede- cómo accedo. La solicitud deberá ir acompañada de un presupuesto desglosado o valoración de las obras a realizar, señalando separadamente el coste y el IVA. En el supuesto de que por parte del personal técnico municipal que asesore en materia urbanística se certifique (en el impreso “Certificado de necesidad de proyecto/informe urbanístico” que acompaña al formulario de solicitud) la necesidad de proyecto, en vez de presupuesto o valoración de las obras, deberá presentarse proyecto técnico de ejecución de obras, comprensivo de los documentos y contenidos establecidos en el anejo 1 del Código Técnico de la Edificación aprobado mediante Real Decreto 316/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.

DESCARGAR

 El plazo para la presentación finaliza el 1 de julio. 

  • Documentación a presentar

    • Datos de la entidad solicitante (Nombre, NIF, dirección, teléfono, e-mail…)
    • Datos de la persona de contacto (e-mail, nombre y apellidos, sexo, cargo, teléfono…)
    • Título de la acción, presupuesto global, subvención solicitada.
    • Firma del alcalde o alcaldesa en el caso de municipios y el regidor-presidente o regidora-presidenta en el caso de concejos.

    Certificados acompañantes de la solicitud (se recomienda utilizar el modelo del anexo III).

    • Certificado del acuerdo de aprobación, adoptado por el Pleno, Junta Administrativa o Asamblea Vecinal, según corresponda, para la realización de la acción solicitada y su disponibilidad presupuestaria.
    • Certificado de si se ha solicitado o no, y en su caso, obtenido subvención por el mismo objeto a otras entidades, detallando entidad e importe.
    • En el caso de ocupación o utilización de solares o edificios, justificación del correcto encaje en la normativa de planeamiento municipal y la disponibilidad del inmueble o solar afectado, mediante un certificado de la entidad con el visto bueno del alcalde o alcaldesa del ayuntamiento y/o presidente o presidenta de la entidad local.

    Memoria explicativa

    • Descripción del proyecto, memoria descriptiva de la situación actual y propuesta a realizar. Cálculos justificativos de la actuación.
    • Programa de trabajos, cronograma, plazo de ejecución, previsión de fechas de inicio y fin.
    • Justificación del ahorro energético y eficiencia de la inversión prevista.
    • Si se alega, justificación del carácter innovador de la actuación y referencia de la acción propuesta en el plan de ahorro y eficiencia energética.
    • Número de habitantes de la entidad local, desagregados por sexo, y fuente del dato.

    Presupuesto

    • Presupuesto detallado y desglosado por partidas.
    • Distribución de anualidades.
    • Plan de financiación.
    • Disponibilidad presupuestaria.
    • Otras subvenciones solicitadas (entidad, cuantía).
    • Ofertas económicas en las que se basa la adjudicación en el caso de los contratos menores. Si no se dispone de las ofertas en el momento de la solicitud, deberán ser presentadas en el momento de justificar el gasto.

Para cualquier aclaración, estamos a su disposición en la sede de la Asociación en ELORRIAGA.

 

Más información:

BOTHA (PDF)

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