La Junta Directiva es el órgano de representación que gestiona y representa los intereses de la asociación, de acuerdo con las disposiciones y directivas de la Asamblea General. Sólo podrán formar parte de la Junta Directiva los vecinos de los concejos asociados.

LA INTEGRAN

 
  • JOSEBA ANDONI TERREROS LUENGAS

    JOSEBA ANDONI TERREROS LUENGAS

    Presidencia
    Arespalditza-Respaldiza (Cuadrilla de Aiara-Ayala)
    Licenciado en Administración y Dirección de Empresas
    Licenciado en Investigación y Técnica del Mercado
    Trabajador de Tubacex, colabora en la explotación agraria familiar.
    “El orgullo de vivir en un pueblo y poder participar en su desarrollo y mantenimiento es una gran satisfacción. Nuestros Concejos son el verdadero patrimonio de nuestro Territorio”

  • MARÍA GONZALEZ SOLA

    MARÍA GONZALEZ SOLA

    Vicepresidencia
    CONCEJO DE HEREÑA
    Licenciada en Veterinaria
    “Aporto un punto de vista distinto. Compatibilizo ser mujer, residir en un pueblo y desarrollar actividades ligadas tanto al sector primario como a otros sectores”

  • ELVIRA RESANO MTZ. DE ANTOÑANA

    ELVIRA RESANO MTZ. DE ANTOÑANA

    Secretaría
    Concejo de Manzanos
    Licenciada en Sociología
    Empleada de Banca
    “Mi dedicación durante más de 20 años a la Junta Administrativa hace que sea firme defensora del respeto a las opiniones de cada miembro con independencia de su género, procedencia,…”

  • LUCAS MUGICA FORONDA

    LUCAS MUGICA FORONDA

    Tesorería
    Onraita (Cuadrilla de Kanpezu)
    Agricultor y ganadero
    “El relevo generacional en el sector primario así como la innovación y diversificación en nuestras cosechas posibilitará continuar manteniendo nuestros pueblos”

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La Junta Directiva estará integrada por tres miembros además por quién ostenta la Presidencia, designando de entre los mismos quienes hayan de desempeñar los cargos de Vicepresidente/a, Tesorero/a y Secretario/a.

Deberán reunirse al menos mensualmente (con la única excepción del mes de agosto) y siempre que lo exija el buen desarrollo de las actividades sociales.

Los cargos que componen la Junta Directiva, se elegirán por la Asamblea General y durarán un período de cuatro años, salvo revocación expresa de aquélla, pudiendo ser objeto de reelección.

ELECCIÓN

La elección se realizará, como regla general, conjuntamente con la de la Presidencia, en candidaturas en listas cerradas encabezadas por quién se postula para la Presidencia. En defecto de candidaturas, serán elegibles todos los representantes de las entidades asociadas y la Asamblea elegirá a uno de ellos/as para desempeñar la Presidencia quién habrá de proponer a otro/as tres para que le acompañen conformando la Junta Directiva lo que se desarrollará en la misma sesión de la Asamblea General.

El cargo de miembro de la Junta Directiva es incompatible con cargo de representación municipal en cualesquiera ayuntamientos del Territorio Histórico de Álava. El cargo de Presidente tiene además su propio régimen de incompatibilidades.

Los cargos de Presidente y de miembro de la Junta Directiva serán renovados cuando se renueven los cargos concejiles de Presidente y Vocales por cumplimiento de su mandato legal, en las correspondientes elecciones a Concejos. No obstante continuarán en funciones hasta su sustitución en la siguiente Asamblea General de la Asociación que se celebre.

REQUISITOS

  • Ser mayor de edad, estar en pleno uso de los derechos civiles y no estar incurso en los motivos de incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.
  • Ser designado/a en la forma prevista en los Estatutos.
  • Ser vecino de una entidad asociada de la Asociación de Concejos de Álava.

FUNCIONES

  • Dirigir la gestión ordinaria de la Asociación, de acuerdo con las directrices de la Asamblea General y bajo su control.
  • Procurar la máxima coordinación con el Consejo Territorial y dar cuenta al mismo de cuantos requerimientos le efectúe.
  • Programar las actividades a desarrollar por la Asociación.
  • Someter a la aprobación de la Asamblea General el presupuesto anual de gastos e ingresos, así como el estado de cuentas del año anterior.
  • Confeccionar el Orden del Día de las reuniones de la Asamblea General, así como acordar la convocatoria de las Asambleas Generales ordinarias y extraordinarias.
  • Atender las propuestas o sugerencias que formulen las entidades asociadas o sus representantes, adoptando al respecto, las medidas necesarias.
  • Interpretar los preceptos contenidos en estos Estatutos y cubrir sus lagunas, sometiéndose siempre a la normativa legal vigente en materia de asociaciones.
  • Ejercitar aquellas competencias que le otorgue la Asamblea General mediante Acuerdo expreso, siempre que no sean de su exclusiva competencia.

SESIONES

La Junta Directiva celebrará sus sesiones cuantas veces lo determine la Presidencia, o la Vicepresidencia en su caso, bien a iniciativa propia, o a petición de cualquiera de sus componentes. Será presidida por el/la Presidente/a, y en su ausencia, por el/la Vicepresidente/a y, a falta de ambos, por el/la miembro de la Junta que tenga más edad. Para que los acuerdos de la Junta sean válidos, deberán ser adoptados por mayoría de votos de las personas asistentes, requiriéndose la presencia de la mitad de los/las miembros incluyendo al Presidente/a. De las sesiones, el/la Secretario/a levantará acta que se transcribirá al Libro correspondiente.

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