Las entidades beneficiarias, titulares de los caminos, realizarán la contratación de las obras y/o servicios de conformidad a la dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de

Contratos del Sector Público, para lo que el Departamento de Agricultura asesorará convenientemente, debiendo remitir a este, previamente a la adjudicación, copia del expediente

completo de licitación seguido al efecto, incluidos anuncios en boletines oficiales y en el perfil del contratante, salvo que se trate de contrato menor.

En el caso del contrato menor (los de importe inferior a 40.000,00 euros en contratos de obra y a 15.000,00 euros en el resto de los contratos, IVA excluido), para la adjudicación se

dispondrá al menos de tres ofertas, salvo justificación de imposibilidad, remitiendo copia de todo ello al Departamento de Agricultura.

BOTHA (PDF)

SOLICITUD (PDF)

Convocatoria para la concesión de las ayudas a las entidades locales del Territorio Histórico de Álava en el programa 2022 de iniciativas para el fomento de las relaciones vecinales.

La Norma Foral 21/2013, de 27 de junio regula los programas de ayudas a las iniciativas para el fomento de las Relaciones Vecinales y a la Ejecución de Obras Menores de las Entidades Locales de Álava. En el Título II de la citada Norma se articulan las disposiciones relativas al Programa de Iniciativas para el Fomento de las Relaciones Vecinales y se articulan las normas y criterios que han de regir la concesión de este tipo de ayudas. Este programa trata de fomentar las relaciones vecinales de la sociedad rural y el sentido de colectividad, a través de la ejecución de obras por el sistema tradicional de veredas o auzolan. A tal efecto y en aplicación de la Norma Foral 11/2016, de 19 de octubre, de Subvenciones del Territorio Histórico de Álava ha de aprobarse la convocatoria que regulará las ayudas a las entidades locales de Álava en el programa 2021 de Iniciativas para el Fomento de las Relaciones Vecinales.

1. Entidades beneficiarias.

Pueden acogerse a este programa de ayudas las entidades recogidas en el artículo 5 de la Norma Foral 21/2013. No podrán tener la condición de entidades beneficiarias aquéllas que hayan sido sancionadas por las infracciones a que se refiere el Título IV de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre, así como tampoco las que incurran en los supuestos contemplados en la Ley 4/2005 de 18 de febrero, del Parlamento Vasco, para la Igualdad de hombres y mujeres y, en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de hombre y mujeres.

2. Dotación financiera.

La dotación financiera inicial viene cuantificada como la suma de las consignaciones iniciales de las partidas que figuren en el presupuesto de la Diputación Foral de Álava para 2021, destinadas específica o complementariamente a la financiación de la ejecución de veredas. Estas cuantías podrán ser objeto de incremento en hasta un 50 por ciento de su dotación inicial. La concesión de subvenciones queda, en todo caso, supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la partida.

3. Plazo y forma de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes se inicia al dia siguiente de publicación de la convocatoria en el BOTHA y finaliza a las 23 horas 59 minutos del día 8 de julio de 2021.

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PLAN FORAL DE OBRAS Y SERVICIOS

Las Juntas Generales de Álava, en su sesión plenaria de 12 de abril de 2017, aprobaron la Norma Foral reguladora del Plan Foral de Obras y Servicios cuyo ámbito temporal abarca el periodo incluido entre los años 2018 y 2023, ambos incluidos, siendo ampliado el periodo hasta 2024 mediante aprobación de la Norma Foral de Ejecución Presupuestaria 24/2019 en su Disposición Adicional Segunda.

En la Norma Foral 9/2017 anteriormente citada se articulan las disposiciones relativas al Programa de Ayudas Plan Foral de Obras y Servicios, determinando las normas y criterios que han de regir la concesiЧn de los diferentes tipos de ayudas, e incorporando, además, las debidas garantías jurídicas de aumento del bienestar y desarrollo, junto con el escrupuloso respeto de la legalidad en materia de contratación administrativa.

A tal efecto, en aplicación de la facultad para dictar las disposiciones complementarias para el desarrollo y ejecuciЧn de la Norma Foral conferida en su DisposiciЧn Final Primera, y en aplicación de lo establecido en la Norma Foral 11/2016, de 19 de octubre, de Subvenciones del Territorio Histórico de зlava, se presentan las bases que regularón las ayudas a las entidades locales de Álava en el periodo 2022-2023, por el Plan Foral de Obras y Servicios.

A tenor de lo establecido en el artículo 7.3 de la Norma Foral 11/2016 de Subvenciones del Territorio Histórico de Álava, en las bases reguladoras se ha tenido en cuenta el factor del uso del euskera en el marco de la política de normalización lingü.stica aprobada por la Diputación Foral de Álava, y con arreglo a la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización y uso del euskera.

Plazo de presentación

El plazo para la presentación de solicitudes de ayudas y documentación requerida finaliza el día 26 de julio de 2021.

Más información

Convocatoria para la concesión de ayudas a las entidades locales del Territorio Histórico de Álava en el Programa 2022  de ejecución de obras menores

 

La Norma Foral 21/2013, de 27 de junio regula los programas de ayudas a las iniciativas para el fomento de las Relaciones Vecinales y a la Ejecución de Obras Menores de las Entidades Locales de Álava. En el Título III de la citada Norma se articulan las disposiciones relativas al Programa de Ejecución de Obras Menores así como las normas y criterios que han de regir la concesión de este tipo de ayudas. Este programa es un instrumento extraordinario de cooperación financiera de la Diputación Foral de Álava con las entidades locales del Territorio Histórico de Álava destinado a la concesión de ayudas para financiación de inversiones a realizar en las mismas, con coste inferior a 35.000,00 euros.

1. Entidades beneficiarias.

Pueden acogerse a este programa de ayudas las entidades recogidas en el artículo 16 de la Norma Foral 21/2013. No podrán tener la condición de entidades beneficiarias aquéllas que hayan sido sancionadas por las infracciones a que se refiere el Título IV de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre, así como tampoco las que incurran en los supuestos contemplados en la Ley 4/2005 de 18 de febrero, del Parlamento Vasco, para la Igualdad de hombres y mujeres y, en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de hombre y mujeres.

2. Dotación financiera.

La dotación financiera inicial viene cuantificada como la suma de las consignaciones iniciales de las partidas que figuren en el presupuesto de la Diputación Foral de Álava para 2021, destinadas específica o complementariamente a la financiación de la ejecución de obras menores/veredas. Estas cuantías podrán ser objeto de incremento en hasta un 50 por ciento de su dotación inicial.

La concesión de subvenciones queda, en todo caso, supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la partida.

3. Plazo y forma de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes se inicia el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOTHA y finaliza a las 23 horas 59 minutos del día 8 de julio 2021.

DESCARGAR

Las entidades beneficiarias, titulares de los caminos, realizarán la contratación de las obras y/o servicios de conformidad a la dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de

Contratos del Sector Público, para lo que el Departamento de Agricultura asesorará convenientemente, debiendo remitir a este, previamente a la adjudicación, copia del expediente

completo de licitación seguido al efecto, incluidos anuncios en boletines oficiales y en el perfil del contratante, salvo que se trate de contrato menor.

En el caso del contrato menor (los de importe inferior a 40.000,00 euros en contratos de obra y a 15.000,00 euros en el resto de los contratos, IVA excluido), para la adjudicación se

dispondrá al menos de tres ofertas, salvo justificación de imposibilidad, remitiendo copia de todo ello al Departamento de Agricultura.

BOTHA (PDF)

SOLICITUD (PDF)

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